Primero
Planificar, coordinar y ejecutar las políticas municipales dirigidas a la mujer, conforme a lo establecido en la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Plan de la Patria 2025-2031, y, a las directrices del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género.
Segundo
Intervenir en la formulación de políticas públicas municipales que afecten a la mujer, en la salud, educación, formación, empleo, seguridad social, participación política y derechos de las mujeres en el Municipio.
Tercero
Garantizar la prestación de los servicios necesarios en materia jurídica, socioeconómica, sociocultural, sociopolítica, en los términos contemplados en la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer y la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Cuarto
Conocer sobre situaciones de discriminación de la mujer y formular recomendaciones
administrativas o normativas a los órganos competentes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal; así como a organizaciones no gubernamentales que hacen vida en el Municipio.
Quinto
Elaborar proyectos de ordenanzas e instrumentos jurídicos que sean necesarios para la promoción de la igualdad y derechos de la mujer y para la igualdad efectiva de
oportunidades.
